Incongruencia normativa entre los artículos IX.2 del título preliminar y 367.1 del Código Procesal Penal
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Fecha
2023-02Autor
Ruiz Fernández, Kevin Rogerio Eduardo
Cotrina Acuña, Esgardo Pier
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
La presente investigación tiene como propósito aportar una solución jurídica en cuanto al tema de la de la declaración del acusado, cuando éste se acoge a su derecho de guardar silencio en juicio oral, el juez advierte que serán leídas sus declaraciones previas; para ello, es necesario hacernos la siguiente interrogantes: ¿Determinar que la incongruencia normativa interna entre los artículos IX.2 del Título Preliminar y 376.1 del Código Procesal Penal genera vulneración al principio de no autoincriminación? Para ello fue necesario estudiar el principio de no autoincriminación, el derecho a la defensa, el derecho a guardar silencio, los principios constitucionales del proceso penal. Teniendo como objetivo general; determinar que la incongruencia normativa interna entre los artículos IX.2 del Título Preliminar y 376.1 del Código Procesal Penal genera vulneración al principio de no autoincriminación, y como objetivos específicos; explicar el desarrollo que la doctrina le ha dado al principio de no autoincriminación, a la declaración del acusado y el derecho a guardar silencio; y, analizar el contenido constitucional del principio de no autoincriminación. Como hipótesis de la investigación; el artículo 376 inciso 1 del Código Procesal Penal, que prescribe la lectura de la declaración previa del acusado en el juicio oral cuando éste se acoge al derecho de guardar silencio, es incongruente con lo prescrito en el artículo IX inciso 2 del Título Preliminar del mismo cuerpo legal, por lo que trae como consecuencia jurídica la vulneración del principio de no autoincriminación.
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