Principales criterios jurídicos que justifiquen la eliminación de la inmunidad parlamentaria en la Constitución Política del Perú de 1993
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Fecha
2019-10Autor
Benavides Idrogo, Oscar Fernando
Villanueva Terrones, Dagni Bagner
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Mostrar el registro completo del ítemResumen
Con el paso del tiempo la “inmunidad parlamentaria” se ha convertido es una garantía de
los congresistas para proteger su autonomía frente a los demás órganos que conforman
los poderes del Estado, En nuestro ordenamiento jurídico la inmunidad parlamentaria se
encuentra regulada en el tercer parágrafo del artículo 93° de la Constitución Política del
Perú. Esta figura protege a los congresistas para que no puedan ser procesados ni
arrestados por delitos comunes (salvo delito flagrante), sin previa autorización del
Parlamento o de la Comisión Permanente. Esta figura constitucional salvaguarda a los
congresistas desde que son elegidos hasta un mes después de dejar el cargo.
Esta prerrogativa constitucional históricamente fue justificada y trascendental en sus
orígenes, pero con el paso del tiempo ha ido perdiendo su razón de ser debido al contexto
social del que vivimos hoy en día, sin embargo, esa prerrogativa constitucional sigue
vigente en nuestra constitución, siendo contradictorio a un estado democrático de
derechos. Además de ello los congresistas han olvidado el verdadero origen de la
inmunidad parlamentaria y lo vienen utilizando como un privilegio personal para cometer
actos ilícitos para satisfacer intereses personales, vulnerando gravemente principios
constitucionales, como se demostrará con el desarrollo de la presente investigación.
La presente investigación tiene como propósito determinar los principales criterios
jurídicos que justifiquen la eliminación de la inmunidad parlamentaria, contemplada en
el último párrafo del artículo 93 de la constitución política del Perú de 1993.
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