Fundamentos jurídicos para que el juez de investigación preparatoria admita en la audiencia de control de acusación un medio de prueba que no fue ofrecido en el plazo previsto en el código procesal penal peruano
Resumen
El presente trabajo de investigación realizó la indagación sobre los fundamentos jurídicos para que el juez de investigación preparatoria admita en la audiencia de control de acusación un medio de prueba que no fue ofrecido por las partes procesales en el plazo previsto en código procesal penal peruano; para lo cual se ha tomado en cuenta el marco normativo que regula el ofrecimiento de los medios de prueba tanto en el código procesal penal peruano, así como en la Constitución Política; así mismo se ha examinado las actas de audiencia de control de acusación del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, correspondiente al año 2018, en donde el juez ha declarado inadmisibles los medios probatorios ofrecidos fuera del plazo previsto en el citado código; y empleando una investigación básica, de enfoque cualitativo y alcance descriptivo propositivo, se ha podido establecer que los fundamentos jurídicos para que se admita un medio probatorio ofrecido extemporáneamente, son evitar la aplicación mecánica del principio de preclusión procesal, así como la no vulneración del derecho fundamental a probar y del derecho fundamental a la verdad; y dada la trascendencia del tema abordado se formula una modificación del Código procesal penal a través del cual los Jueces de Investigación Preparatoria en determinados casos deben de admitir un medio probatorio ofrecido con posterioridad al plazo previsto en el Código procesal penal Peruano.
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