Valoración de la tipicidad subjetiva en el delito de difamación en el contexto de redes sociales, distrito judicial - Cajamarca
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Fecha
2022-09Autor
Chilón Boñón, Luis Armando
Solórzano Bernales, Alberto Nixon
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
La presente investigación tiene como objetivo general, determinar la tipicidad subjetiva en
el delito de difamación en el contexto de las redes sociales, en sentencias del distrito judicial de
Cajamarca - 2020. Dicha investigación parte de un enfoque cualitativo de diseño no
experimental, descriptivo- transversal.
La presente investigación tiene como interrogante ¿Cuáles son los elementos subjetivos a
considerar al momento de realizar la valoración de pruebas en el delito de difamación en el
contexto de redes sociales, en el Distrito Judicial de Cajamarca – 2020?
Como resultados se obtiene que al momento de valorar la tipicidad subjetiva (dolo) en la
comisión del delito de difamación establecido en el art. 132 del Código Penal, la tipicidad
subjetiva está conformada no solo por el hecho de que el sujeto haya actuado dolosamente, sino
que, además, tiene que haberlo hecho con un ánimo específico a través de comunicaciones en
redes sociales.
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