Las facultades de las rondas campesinas cuando administran justicia, caso de Porcón bajo
Fecha
2015-01Autor
Novoa Rabanal, Eudocia Belserima
Salazar Salazar, Wilfredo
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Mostrar el registro completo del ítemResumen
Las Rondas Campesinas, como órganos de justicia de las comunidades campesinas, están amparadas por la Constitución Política del Perú, en el artículo 149°, que suscribe: Las autoridades de las Comunidades Campesinas y Nativas, con el apoyo de las Rondas Campesinas, pueden ejercer las funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial de conformidad en el derecho constitucional, siempre que no violen los derechos fundamentales de la persona. El objetivo general de la tesis de investigación es determinar las facultades legales que ejercitan en la administración de justicia es determinar las facultades legales que ejercitan en la administración de justicia el comité de Rondas Campesinas comunales de Porcón Bajo. El trabajo se ha desarrollado aplicando la metodología de la investigación científica de conformidad con los lineamientos establecidos por la Universidad Privada Guillermo Urrelo. Como resultado de la presente tesis se ha concluido que las facultades legales que ejercitan en la administración de justicia el comité de Rondas Campesinas de Porcón Bajo son las funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial de conformidad con el Derecho Consuetudinario, siempre que no violen los derechos fundamentales de las personas.
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