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dc.contributor.advisorMuñoz Peralta, Hugo Miguel
dc.contributor.authorAlvarado Brophy, Kattherine Nathalie
dc.contributor.authorTávara Del Águila, Marcos Antonio
dc.date.accessioned2018-02-08T20:20:25Z
dc.date.available2018-02-08T20:20:25Z
dc.date.issued2016-02-15
dc.identifier.citationAPAes_ES
dc.identifier.urihttp://repositorio.upagu.edu.pe/handle/UPAGU/438
dc.description.abstractLa presente investigación fue desarrollada con la finalidad de responder a la formulación del problema que nos planteamos: ¿Cuáles son las razones jurídicas que sirven de sustento para la validez del derecho sucesorio en las uniones de hecho propias en el ordenamiento jurídico peruano? Su justificación se centra en un aspecto jurídico, económico y social, en tal sentido fue ejecutada con el objetivo general de determinar las razones jurídicas que sirven de sustento para la validez del derecho sucesorio en las uniones de hecho propia en el ordenamiento jurídico peruano, las mismas que son: La protección de la familia no matrimonial como fundamento del reconocimiento de los derechos sucesorios en las uniones de hecho propia, la igualdad de derechos sucesorios entre cónyuges y convivientes, la necesidad de reconocer derechos hereditarios a los convivientes; y el amparo y protección jurídico patrimonial al conviviente supérstite. Hipótesis que fue planteada y contrastada a través del método de hermenéutica jurídica, dogmática jurídica, con el estudio constitucional, normativo, doctrinario; de derecho nacional y comparado. Llegando a la conclusión de que siendo la unión de hecho propia una forma de constituir un hogar merece la atención del Estado Peruano, por ser la familia el núcleo principal de protección de una sociedad; la igualdad de derechos sucesorios entre cónyuges y convivientes, responde al art. 2° inciso 2) de nuestra Constitución, el mismo que señala la igualdad ante la ley y la no discriminación por diferentes motivos de cualquier índole; la necesidad de regularlo se manifiesta por el incremento de las uniones de hecho propia en el Perú, y su no reconocimiento sólo revelaría factores de desigualdad y vulneración del derecho de libertad de las parejas que conforman las uniones de hecho propia, así como su protección jurídico patrimonial.es_ES
dc.description.uriTesises_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad Privada Antonio Guillermo Urreloes_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccesses_ES
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/es_ES
dc.sourceUniversidad Privada Antonio Guillermo Urreloes_ES
dc.sourceRepositorio Institucional - UPAGUes_ES
dc.subjectDerecho sucesorioes_ES
dc.subjectDerecho sucesorio en uniones de hechoes_ES
dc.subjectUnión de hechoes_ES
dc.titleRazones jurídicas del derecho sucesorio en las uniones de hecho del ordenamiento jurídico peruanoes_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_ES
thesis.degree.nameAbogadoes_ES
thesis.degree.levelTítulo Profesionales_ES
thesis.degree.disciplineCiencias Socialeses_ES
thesis.degree.grantorUniversidad Privada Antonio Guillermo Urreloes_ES
dc.subject.ocdeDerechoes_ES


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